El Betis de La Isleta.

 


Una vez acabada la guerra civil española, el futbol canario vuelve a resurgir con la fundación o refundación de numerosos clubs, no obstante la dificultad de la situación social de la época hacia que estos clubs tuvieran una vida muy corta incluso no llegando a poder competir en competiciones oficiales haciendo que se produzca el inicio de competiciones o torneos al margen de la Federación, debido a esta situación y siendo consciente del peligro que eso podría ocasionarle, en enero de 1945, la Federación Canaria de Fútbol constituye oficialmente la Delegación para Clubs Adheridos, creando así una competición semioficial pero controlada por ella misma.
Debido a la falta de control previa de las nominaciones de estos Clubs Adheridos nos encontramos a personas mayores de nuestro barrio que recuerdan haber jugado en el Betis, Sevilla, Nivaria y algunos nombres que nos recuerdan a Clubs de otros lugares. En esta primera temporada bajo la tutela de la Federación los equipos que integraron los 2 primeros grupos fueron:


 GRUPO A:
Estrella Blanca.
Unión Celta.
Combinado C.de F. Madrid.
C. de F. San Cristóbal.
C.D. Pérez Muñoz.
Unión Cuyas.
C.D. Castilla.
Unión San Lázaro.
Iberia.
Águila.
Cicer C. de F.
Betis Balompié.
Polonia C.D.
Imperio C. de F.
C.D. Juventud Canaria.

 GRUPO B:
C.D. Natación.
Hércules C. de F.
Huracán.
C.D. Bellavista.
Unión Betis.
Unión Guanarteme.
Unión Grupo.
Unión Porteño.
Unión Lugo.
Unión Nivaria.
Atlético Arenal.
Nuevo Club.
Pamochamoso.
Sevilla C. de F.
Arenales Cultural.
Fomento C. de F.
Unión Feria.


 Aprovechando la fantástica foto cedida por Rita Pérez Santana, recordamos las alineaciones de uno de los partidos que disputó su padre, Manuel Pérez, con el Betis Balompié, el encuentro que recordamos es el disputado en junio de 1945, entre el Betis Balompié y el Estrella Blanca con el resultado final de empate a 2 goles.
Betis Balompié: Berdú, Manolo, René, Gallego, Adolfo, Herrera, Gregorio, Galván, Suso, Pepe y Domingo. 
Estrella Blanca: Vega, Martín, Rafael, Godoy, Orlando, Rodríguez, Reina, Casiano, González, Montes y Roca.

 Por último reproducimos articulado por la que funda la Delegación para Clubs Adheridos.

Artículo 1. Se crea la Delegación de la Federación de Fútbol para Clubs Adheridos.
Artículo 2. La Delegación de la Federación de Fútbol para Clubs Adheridos, es la representación de esta Federación de Fútbol de Las Palmas para sus filiales de la categoría de adheridos.
Artículo 3. La dirección de la Delegación de la Federación de Fútbol para Clubs Adheridos la asumirá uno de los miembros del Consejo Directivo de esta Regional quien a su vea nombrará los individuos que la van a constituir, que no será superior de tres, necesitando la anuencia del Consejo Regional para su nombramiento definitivo.
Artículo 4. Son sus funciones:
a) La organización del deporte futbolístico entre los Clubs Adheridos.
b) El vigilar que las competiciones que organizare se desarrollarán conforme a las reglas establecidas por la Federación Nacional.
c) El controlas todas las actividades que en materia de Fútbol realizarán los Clubs Adheridos.
            d) Reglamentar en la mejor forma la situación de los jugadores en relación con la Federación y Club respectivo.
e) Informar a esta Federación Regional de cuantos asuntos ésta le sometiera, y dar noticias periódicas sobre sus actividades y la de los Clubs Adheridos.
f) El cumplimentar o transmitir las órdenes o instrucciones que de esta Federación Regional recibiera.
Artículo 5. Todos los Clubs Adheridos dirigirán su correspondencia directamente a la Delegación de la Federación de Fútbol para Clus Adheridos.
Artículo 6. En los casos de renovación de Directiva, nombramientos totales o parciales de estas, renuncia o destitución de Presidentes o designación de éstos, no tiene atribuciones la Delegación para Clubs Adheridos para su aprobación o nombramiento según los casos, procediendo a comunicarlo a la Federación Regional a quien procede su resolución.
Artículo 7. Así mismo en los casos de litigio entre los clubs, protestas, recursos o cualquiera otra forma de reclamación o motivo de disidencia, no podrá resolver. En algunas de estas situaciones siempre remitirá todos los antecedentes existentes con un Informe de la Delegación de Adheridos a esta Regional a quien compete el fallo.
Artículo 8. La Delegación para Clubs Adheridos dependerá en lo económico directamente de la Regional, quien le facilitará los medios necesario» para sus actividades.

Tiempo

BLOGS

OTROS ARTÍCULOS.

Traductor.