Declaración BIC del Mercado del Puerto.


490 - DECRETO 56/2005, de 12 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento "el Mercado del Puerto de La Luz", en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria y se delimita su entorno de protección.



  Por Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de 18 de diciembre de 1991, se incoa expediente para la declaración del Mercado del Puerto de La Luz, sito en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, delimitando su entorno de protección.
  La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.
  En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 12 de abril de 2005,

               D I S P O N G O:
  Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el Mercado del Puerto de La Luz, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, delimitando su entorno de protección, según la descripción y delimitación que figuran en el anexo I, así como la ubicación en plazo que se contiene en el anexo II de este Decreto.

  Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. 
   Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 12 de abril de 2005.
   EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,
   Adán Martín Menis.
  EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES,
   José Miguel Ruano León.


                                    A N E X O I
         DESCRIPCIÓN.
  El Mercado municipal del Puerto es posiblemente el ejemplo más claro de la arquitectura de hierro en Gran Canaria. Se localiza en Las Palmas de Gran Canaria, en el área de influencia del Puerto de La Luz, ocupando un solar de morfología cuadrangular de cerca de 1.700 metros cuadrados. Se encuentra definido perimetralmente por cuatro calles, que describen sus límites; en su extremo más meridional la calle Rafael Bento Travieso, en su flanco sur la calle Tenerife, al este la calle López Socas y en el poniente la calle Albareda.
   Se trata de un edificio de planta cuadrada, que ocupa la totalidad de la manzana, delimitado en sus cuatro flancos por las referidas vías rodadas y que contribuyen a enmarcarlo en un contexto marcadamente urbano. El mercado con el desarrollo del Puerto de La Luz se convirtió en una zona de atracción urbana, conociendo con ello una repentina urbanización que se logró fuera parcialmente planificada por el arquitecto Laureano Arroyo.
  El Mercado del Puerto constituye un inmueble de planta central, libre, con cobertizo plano. Dos "bóvedas", coincidentes con los cuatro accesos, que en la fachada se formalizan con remate en frontón, se cruzan en una cúpula octogonal. Los perfiles de fundición llegan a convertirse en elementos con un elevado valor decorativo, calificados por algunos autores como ejemplos de art noveau, destacando igualmente el empleo del vidrio en huecos y cubierta como elementos ornamentales.
  Todos los dispositivos de sustentación del Mercado se corresponden con estructuras de hierro fundido, mientras que el hierro dulce laminado o forjado fue empleado en aquellos componentes que debían sufrir esfuerzos de flexión o extensión. Los elementos sustentantes quedan constituidos, en primer lugar, por dos órdenes de columnas, uno en el perímetro exterior con cuarenta y cuatro unidades espaciadas a unos tres metros, y otro en el interior, con veinte unidades espaciadas a una distancia equivalente. En segundo lugar, otros elementos sustentantes son los pies derechos de base cuadrada que van colocados sobre cada una de las columnas y que se prolongan hasta recibir en su extremo superior las madrecillas laminadas sobre las cuales se asientan los cuchillos de armadura de la cubierta baja.
  Se trata de una arquitectura que, además, puede entroncarse con una parte muy significativa de la historia más reciente de Las Palmas de Gran Canaria y de su evolución socioeconómica a lo largo de todo el siglo XX. Así una de las novedades tipológicas más sobresalientes del Mercado del Puerto, aparte de la utilización del hierro como nuevo material constructivo, fue la disposición en toda su planta de tiendas comerciales hacia el exterior del recinto. Unas circunstancias que aluden directamente a un marco histórico concreto en el proceso de desarrollo y evolución de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, como es la progresión del Puerto de La Luz y zonas aledañas como áreas comerciales de gran importancia para la ciudad. No en vano los inicios de la historia de este edificio surgen a raíz de las necesidades de abasto de la creciente población que se instalaba en torno al Puerto de La Luz. De hecho el solar en el que fue erigido el Mercado ya albergaba puestos de compra-venta de productos alimenticios, con lo que únicamente era necesario dotar de una infraestructura adecuada para este fin.

                DELIMITACIÓN.
  El Mercado del Puerto de La Luz tiene un área de protección de 1.679,352 metros cuadrados y un perímetro de 163,716 ml.
NORTE: el límite de protección parte del punto 1 (long. 458020.09, lat. 3113541.00), situado en la acera del Mercado, en la confluencia de la calle Albareda con la calle Rafael Bento Travieso. Recorre 40 metros hasta llegar a la esquina de la calle Rafael Bento Travieso con la calle López Socas, donde se encuentra el punto 2 (long. 458059.19, lat. 3113530.60).
ESTE: desde el punto 2 la línea avanza 42 metros por la calle López Socas en dirección suroeste, hasta la confluencia con la calle Tenerife, punto 3 (long. 458048.69, lat. 3113490.20).
SUR: a partir del punto 3 la delimitación avanza 40 metros hasta llegar a la confluencia de las calles Tenerife y Albareda, punto 4 (long. 458009.81, lat. 3113501.20).
OESTE: desde el punto 4 la línea recorre 41 metros por la calle Albareda en dirección noreste hasta llegar al punto 1, donde se cierra el perímetro de delimitación.

          
Imagen ANEXO II.





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